tag:blogger.com,1999:blog-245697902024-03-13T07:59:00.334-04:00Mundo Jurídico - Manuel Antonio Azancot CarvalloEspacio para el intercambio de conceptos e ideas jurídicasManuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.comBlogger48125tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-60074765059070766942022-12-06T20:25:00.001-04:002022-12-06T20:25:10.348-04:00Formalización Casación CIUDADANOS:PRESIDENTE Y DEMÁS
MAGISTRADOS DE LA
SALA DE CASACIÓN
CIVIL DEL
TRIBUNAL SUPREMO
DE JUSTICIA.
SU DESPACHO.
Yo,
MANUEL ANTONIO AZANCOT CARVALLO, abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad
No. 3.751.146, e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 123.542, actuando en este
acto en mi carácter de apoderado judicial del ciudadano XXXXXXXXXXXXXXX, titular
de la Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-2171761288814142062022-12-06T19:53:00.003-04:002022-12-06T19:53:51.942-04:00Dictamen sobre reclamo prestación servicio Aseo como Director Consultoría Jurídica Ciudadano:ConcejalPresidente del Concejo MunicipalAlcaldía del MunicipioPresente.
Reciba un
cordial saludo de parte del personal de la Consultoría Jurídica de este Concejo
Municipal, deseándole éxito en su gestión.
Le presentamos
nuestro Dictamen, como una opinión y juicio jurídico especializado, contentivo
del análisis, observaciones y nuestra opinión profesional, ajustada
estrictamente Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-53261722459706874402022-06-25T02:23:00.003-04:002022-06-25T02:44:08.748-04:00INFORME APELACIÓN EN JUICIO POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (parte demandada vencida totalmente)
<!--[if !mso]-->
<!--[endif]-->
Expediente
Nº XX-XXXXX
INFORME
APELACIÓN
<!--[if !mso]-->
<!--[endif]-->
CIUDADANO:
JUEZ DEL JUZGADO SUPERIOR X EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO XXXXXXXX.
SU DESPACHO.
Yo, MANUEL ANTONIO
AZANCOT CARVALLO, abogado en ejercicio, titular de la cédulaManuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-44040613813038275192022-02-02T19:07:00.001-04:002022-02-02T19:17:36.927-04:00PREOFERTA PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS JURÍDICOS Escritorio jurídico Azancot Carvallo & Asociados
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Presentamos la siguiente oferta de
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INFORMACIÓN SOBRE NUESTRO ESCRITORIO JURÍDICO:
Estamos conformados por socios, asociados
y administrativos Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-73629670117344172252022-01-16T17:01:00.004-04:002022-01-26T17:33:58.958-04:00Potestad de autotutela de las Inspectorías del Trabajo VS. Jurisdicción de los Tribunales laborales. Aunque mediante la sentencia de la
Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia N° 203, del 01 de
septiembre de 2021, esta Sala ratificó que las Inspectorías del Trabajo poseen
lo que la doctrina denomina como “la potestad de autotulela”, mediante la cual
puede por sí misma ejecutar todos los actos administrativos de efectos
particulares, una vez hayan quedado firmes, y sinManuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0FC33+74 Guarenas, Miranda, Venezuela10.4531517 -66.597206310.452096621483765 -66.598279183605953 10.454206778516234 -66.596133416394039tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-6415540919680909902021-11-25T16:03:00.012-04:002021-11-28T12:57:00.200-04:00Contestación del patrono en reclamo sobre Condiciones de Trabajo Ciudadano:
INSPECTOR DEL TRABAJO …
Su Despacho.
Exp: N° xxxxxxxxxxxx
Nosotros,
XXXXXXXXX y XXXXXXXXXXX, venezolanos, mayores de edad, titulares de las
cédulas de identidad Nros. YYYYYY y YYYYYYY respectivamente, abogados,
de éste domicilio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo
los Nros. NNNNN y NNNNN, en el mismo orden, acudimos ante Usted en Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-71670360993348986132021-08-05T00:30:00.005-04:002021-08-05T00:36:58.384-04:00Promoción Pruebas Inspectoría del Trabajo <!--[if gte vml 1]>
<![endif]--><!--[if !vml]-->
<!--[endif]--><!--[if !mso]-->
<!--[endif]-->
&Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-87679526767224579732021-07-22T01:37:00.001-04:002021-07-22T01:42:06.584-04:00Apelación de la Inadmisión Impugnación por Nulidad Absoluta
<!--[if !mso]-->
<!--[endif]-->
Formalización
Apelación de la Inadmisión Impugnación por Nulidad Absoluta
Expediente XXXXXXXX
<!--[if !mso]-->
<!--[endif]-->
Ciudadano(a):
Jueza Superior XXXXX delManuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-55205849160051347462021-07-22T01:13:00.004-04:002021-07-22T01:23:42.697-04:00DEMANDA NULIDAD PROVIDENCIA "CALIFICACIÓN DE FALTA" INSPECTORIA DEL TRABAJO Impugnación por
Nulidad Absoluta
<!--[if !mso]-->
Ciudadano(a):
Juez de Primera Instancia de Juicio del Trabajo. XXXXXX.
Su Despacho.-
Yo, MANUEL ANTONIO AZANCOT CARVALLO, abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad Nº V-3.751.146,
e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA), bajo el Nro. 123.542, actuando en este acto en nombre y Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-55812064881679880952021-07-17T13:32:00.001-04:002021-07-18T10:04:23.813-04:00Falta de jurisdicción de la Inspectoría del trabajo en el Régimen Jurídico de la Educación
Ciudadano
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Inspector
del Trabajo
Inspectoría
del Trabajo
Su
Despacho.
Ref: Exp. N°
XXXXXXXXXXXXXXXX
Entendiendo
que las atribuciones conferidas competencialmente a esta Inspectoría del
Trabajo para la sustanciación y decisión del presente procedimiento en defensa
de la “INAMOVILIDAD LABORAL”, atribuciones
que la Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-4761391072827667342021-07-12T21:14:00.000-04:002021-07-12T21:14:36.012-04:00PRINCIPIOS Y LINEAMIENTOS QUE DEBEN GUIAR EL ESTABLECIMIENTO DE INSTRUMENTOS NORMATIVOS PARA REGULAR EL SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS URBANOS. PRINCIPIOS
Y LINEAMIENTOS QUE DEBEN GUIAR EL ESTABLECIMIENTO DE INSTRUMENTOS NORMATIVOS
PARA REGULAR EL SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS
URBANOS.
Manuel A. Azancot Carvallo
Abogado – Ing° Civil.
Expongo para la consideración de todos, el presente
trabajo, en cual he determinado y describo algunos de los puntos que considero deberían
ser los Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-34839211439268377792021-02-01T09:55:00.000-04:002021-02-01T09:55:09.716-04:00Formalización apelación y Solicitud de Tutela Constitucional DE LA TUTELA CONSTITUCIONAL INSTRUMENTAL AL PROCESO
Haciendo
un sucinto escudriño dentro del texto Constitucional podremos encontrar las
normas y reglas que en consonancia con los principios y valores que manan de su
esencia axiológica y que ésta recoge de la sociedad de la cual es su
consecuencia, encontramos o podemos configurar el denominado “Derecho
Constitucional Procesal” que nos Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-34532288713222790322020-11-08T13:42:00.002-04:002020-11-08T13:46:41.362-04:00Propuesta de Ordenanza sobre Gestión Integral de manejo y recolección de residuos y desechos solidosPropuesta presentada ante el Concejo Municipal del Municipio Chacao (Estado Miranda - Venezuela)ORDENANZA SOBRE LA GESTIÓN INTEGRAL DEL MANEJO Y
RECOLECCIÓN DE RESIDUOS y DESECHOS SOLIDOS EN EL
MUNICIPIO CHACAO
El concejo Municipal del Municipio Chacao, en
uso de las competencias para la protección del ambiente y cooperación con el
saneamiento ambiental; aseo urbano y domiciliario,Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-5097842887780103342020-08-28T11:31:00.001-04:002020-08-28T13:19:25.158-04:00EXENCIONES Y EXONERACIONES TRIBUTARIAS EXENCIONES Y EXONERACIONES
En materia tributaria están presentes dos conceptos
diferentes:
<!--[if !supportLists]-->A) a) <!--[endif]-->Las
Exenciones; y
<!--[if !supportLists]-->B) b) <!--[endif]-->Las Exoneraciones.
Los cuales se encuentran establecidos en el artículo:
Artículo 73. Exención es
la dispensa total o parcial del pago de laManuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-64100222183486813402020-08-20T21:52:00.013-04:002020-08-28T13:08:13.267-04:00OPINIÓN SOBRE ARMONIZACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL DEL TSJ OPINIÓN SOBRE ARMONIZACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL DEL TSJ
PRELIMINAR:
El ámbito de la presente opinión versa sobre una sentencia
de la Sala Constitucional, que por medio de un procedimiento de nulidad, con
amparo cautelar, incoada sobre dos ordenanzas de un municipio, que interpusiera un
particular en nombre propio, la sala, no obstante dicta una sentencia erga omnes, más allá
de lo Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-86795970639102902412020-08-19T04:46:00.003-04:002020-08-20T21:49:35.912-04:00 OPINIÓN AL ACUERDO DE LA MESA TÉCNICA PARA LA ARMONIZACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL
Vista la reciente sentencia de la
Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia N° 118, soy de la opinión,
previa somera lectura efectuada a la misma, no puedo más que manifestar mi
asombro a los errores inexcusables en cuanto a derecho y justicia (artículo 2
CRBV) en el cual incurren los ciudadanos que fungen como magistrados de esta
Sala Constitucional DEL TSJ y que suscriben sinManuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-16195263522377153902020-07-22T10:43:00.002-04:002020-07-29T15:25:29.021-04:00OPINIÓN AL PROYECTO DE "Ley que Regula la Asistencia y Apoyo a los Condominios y demás instancias de participación vecinal en el Estado Bolivariano de Miranda"
OPINIÓN AL PROYECTO DE LEY DEL ESTADO
MIRANDA
Ley que Regula la Asistencia y Apoyo a los Condominios y demás instancias
de participación vecinal en el Estado Bolivariano de Miranda y su Fondo de
Financiamiento.
1.- INTRODUCCIÓN:
Considero
necesario realizar y presentar a la consideración de la comunidad en general
por ser obligación moral, el presente estudio jurídico efectuado al Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-80444561389881960382013-01-05T10:00:00.003-04:302021-11-27T17:56:18.623-04:00CONDICIONES DE TRABAJO, JORNADA DE TRABAJO y RÉGIMEN DE DESCANSO
6.1.- CONDICIONES DE TRABAJO
6.1.1.- Introducción: El estudio que se presenta está referido a la reciente "Ley Orgánica del trabajo, de los Trabajores y Trabajadoras" de la República Bolivariana de Venezuela, en lo adelante LOTTT, publicada en la Gaceta Oficial de fecha 07 de mayo de 2012.
Las "Condiciones de Trabajo" no debemos considerarlas en un sentido restringido, referidas solo a las Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com1tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-43192422760484791772012-04-30T05:54:00.001-04:302013-01-06T16:02:35.936-04:30REGÍMENES ESPECIALES DE TRABAJO
REGÍMENES ESPECIALES DE TRABAJO
Introducción: La Ley Orgánica del Trabajo (LOT) establece un regulación general para todo el régimen del trabajo, especialmente el trabajo subordinado por cuenta ajena, sin embargo es una realidad que existen relaciones laborales que en el desarrollo de la prestación del servicio laboral se apartan o diferencian de esa regulación general por poseer unas Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com2tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-80876940613232016412011-10-07T09:26:00.004-04:302011-10-07T18:53:10.448-04:30Terminación del Contrato de Trabajo, Preaviso y Prestación de Antigüedad
Terminación del Contrato de Trabajo, Preaviso y Prestación de Antigüedad
A. Terminación del Contrato de Trabajo
Causas de Terminación de los Contratos de Trabajo:
Art. 98 LOT:
a) Por despido.
b) Por retiro.
c) Por voluntad común (Mutuo consentimiento –autonomía de la voluntad-).
d) Por causas ajenas a la voluntad de ambas partes (Casos fortuitos o de fuerza mayor). La enfermedad Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-62441191943513203872011-10-07T09:23:00.001-04:302011-10-07T09:23:16.112-04:30LA ESTABILIDAD Y LA INAMOVILIDAD. SUSTITUCIÓN DE PATRONOS. SUSPENSIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO
LA ESTABILIDAD Y LA
INAMOVILIDAD. SUSTITUCIÓN DE PATRONOS. SUSPENSIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO.
A. LA ESTABILIDAD Y LA
INAMOVILIDAD. CONCEPTO. CLASES.
Base Legal:
<!--[if !supportLists]-->1) <!--[endif]-->Artículo
93 de la CRBV.
<!--[if !supportLists]-->2) <!--[endif]-->LOT: Título
II-De la Relación de Trabajo-, Capítulo VII – De la Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-61118082961805252092011-10-07T09:19:00.002-04:302011-10-07T09:20:09.215-04:30JORNADA DE TRABAJO y RÉGIMEN DE DESCANSO
JORNADA DE TRABAJO y RÉGIMEN
DE DESCANSO:
Concepto: es el tiempo durante el cual el trabajador
está a disposición del patrono y no puede disponer libremente de su actividad y
de sus movimientos (art. 189 LOT).
Jornada efectiva: Es el tiempo durante el cual le
es exigible por el patrono el cumplimiento de su obligación al trabajador, se
inicia al llegar al lugar del trabajo, que es donde debeManuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-29485866514596290582011-10-07T09:12:00.003-04:302011-10-07T09:12:43.847-04:30PARTICIPACIÓN EN LOS BENEFICIOS
PARTICIPACIÓN EN LOS BENEFICIOS:
Régimen legal: Las empresas deben repartir entre sus
trabajadores al menos el 15% de sus utilidades de cada ejercicio económico
anual (art. 174) según los enriquecimientos netos gravables de acuerdo a la Ley
del Impuesto Sobre la Renta, entendido el concepto de empresas como
establecimientos y explotaciones con fines de lucro, en tal sentido debemos
considerar Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-33852305149331611672011-10-07T09:08:00.002-04:302011-10-07T09:08:26.815-04:30EL SALARIO
EL SALARIO
Origen:
Su origen es contractual, el contrato de trabajo es
sinalagmático, es decir, establece sendas y reciprocas obligaciones tanto al
patrono como al trabajador, siendo en consecuencia el salario la
contraprestación del patrono a la obligación o prestación de laborar del
trabajador (trabajo contratado y no trabajo ejecutado). Es decir, en el
contrato o Relación laboral, la Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-24569790.post-78923673122205010082011-10-07T09:04:00.003-04:302011-10-07T09:04:57.597-04:30SUJETOS DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
SUJETOS DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO:
Ámbito subjetivo de aplicación de la LOT: Los sujetos que regula la
LOT están establecidos en el artículo 15 el cual es del tenor siguiente:
“Estarán sujetas a las disposiciones de esta Ley todas las empresas, establecimientos, explotaciones y faenas, sean de
carácter público o privado, existente o que se establezcan en el territorio de
la Manuel Antonio Azancot Carvallohttp://www.blogger.com/profile/03752982010538881419noreply@blogger.com0