martes, 25 de marzo de 2008

Régimen Jurídico del Ejerciccio de la Contaduría Pública en Venezuela

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA DE LA FUERZA ARMADA
UNEFA
Licenciatura en Contaduría Pública
MATERIA ELECTIVA
PROGRAMA

PRESENTACIÓN GENERAL DE LA ASIGNATURA.

INSTITUCIÓN:
Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada.
Licenciatura en Contaduría Pública.

PROFESOR (ES):

Coordinadora:
Lic. Katiuska Gallardo.
Profesores especialistas en el área:
Ing/Abog. Manuel A. Azancot Carvallo.
Dra. Ana Katiuska Agüin.

NOMBRE DEL CURSO:

“Régimen Jurídico del Ejercicio Profesional de la Contaduría Pública en Venezuela”.

NIVEL:

Materia Electiva de Ampliación de Conocimientos del Pregrado de la carrera de Licenciatura en Contaduría Pública de la UNEFA

UBICACIÓN:

Pregrado de la Escuela de Contaduría Pública de la UNEFA.
Ciclo Profesional.

NATURALEZA:

Teórico / Práctico.

DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL CURSO.
Desde siempre y tradicionalmente nuestros centros de educación superior se han esmerado, con bastante éxito, en la formación de los profesionales básicamente en el “como” de la disciplina académica que imparten -la UNEFA menos que ningún otro puede ser la excepción- descuidando, aunque no por completo, aspectos de vital importancia para el ejercicio profesional como son el “por qué” de la existencia y exigencia de ese conocimiento y su formación impartida, el “para qué o quien” se debe el concierto de su saber, el “cuando” y “donde” de su de actuación para la aplicación eficaz y pertinente de su disciplina dentro de la sociedad y lo que es más importante y consecuencia de todo lo anterior, procurar que el futuro profesional obtenga un claro y meridiano conocimiento de las “consecuencias” de ese actuar técnico y profesional ante esos “para que o quien” por ese “por qué” fundamentado no solo en exigencias de carácter jurídico, sino además por los valores éticos que no solamente hayan sido positivisados o recogidos en el ordenamiento jurídico que rija esa actividad profesional del egresado de nuestros centros de educación superior, sino de esos valores que se hayan podido inculcar y lleguen a formar parte integral de la personalidad de ese profesional, de manera que adquieran no solo la destrezas necesarias en el “como” de su actuar técnico y científico eficiente, sino que tengan la plena confianza que el desarrollo de su actividad profesional estará siempre ajustada a las exigencias mínimas que el ordenamiento jurídico y ético le impone porque los conoce a cabalidad y además estará acorde a los patrones morales que acepta y conforman su personalidad, de manera de proscribir de su vida profesional toda responsabilidad –disciplinarias, civiles, administrativas y penales- derivada de su actuar, brindándole a la sociedad la seguridad que le debe inspirar el recurrir a los servicios de un profesional, el cual tiene el deber de colegiarse para el lícito ejercicio y cuya colegiación es una obligación del Colegio De Contadores correspondiente una vez llenados los simples requisitos exigidos en la Ley por el sólo hecho haber cumplido los requisitos académicos exigidos, ya que no le es dable al Colegio Profesional indagar ni emitir juicios de valor en cuanto a la capacidad e idoneidad de colegiado, presumiéndose para tal colegiación su adecuada aptitud para el ejercicio profesional, siendo por lo tanto responsabilidad de la institución académica superior el garantizar esa capacidad técnica y moral.
Por lo tanto, en nuestro caso en concreto, para los estudiantes de la carrera de Licenciatura en Contaduría Pública, no basta con que adquieran los conocimientos y principios que rigen el ejercicio de su profesión, es decir, no es suficiente que aprehendan los conceptos y métodos que ordenan y gobiernan la contabilidad, que conozcan los principios de contabilidad generalmente aceptados, realicen con rapidez y exactitud el proceso de la información que se le suministra, que puedan presentar, como fin último que justifica su actividad, la información así procesada en unos adecuados Balances de Comprobación, o que puedan elaborar un adecuado Balance General apreciable por cualquier otro profesional de la contaduría, o que informen eficazmente mediante una exacto Estado Demostrativo de Ganancias la rentabilidad de una empresa, si estas actividades no se ajustan a los requerimientos jurídicos exigidos para el caso en concreto, como pueden ser el Código de Comercio, el Decreto con Fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, Ley de Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y Demás Ramos Conexos, entre otras muchas leyes, además de las regulaciones de rango sublegal que emita la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, las que exijan los órganos de la administración pública dentro del ámbito de sus competencias, las requeridas por los tribunales y a las que todas las anteriores remitan a organismos tanto nacionales, como internacionales, tales por ejemplo el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, todas las cuales debe conocer el Contador Público para el correcto ejercicio de su profesión, toda vez que a ese actuar y a esa información presentada, la Ley del Ejercicio de la Contaduría Pública le establece una presunción legal “iuris tantum” en el sentido que se supone está ajustada no sólo a las exigencias técnicas, sino que está acorde con lo preceptuado por la Ley, tanto a las normas jurídicas de rango legal vigentes, como a las estatuarias y reglamentarias, por lo que hace ese actual del Profesional de la Contaduría oponible erga omnes, tanto administrativa como judicialmente y de ser desvirtuada esa presunción por prueba en contrario, acarearía responsabilidad, incluso penal, para el profesional no diligente.
Para la debida capacitación del futuro profesional en las situaciones supra planteadas es que proponemos el impartir los conocimientos mínimos o elementales indispensables para la correcta aplicación de los conocimientos técnicos adquiridos y a tales efectos iniciarlos en el estudio de los conceptos básicos de los principios jurídicos y valores éticos, tales como son la jerarquía del sistema jurídico, el concepto de régimen jurídico, en ámbito, tanto subjetivo de aplicación del mismo, como el material y a tales efectos iniciarlos en el conocimiento y aplicación de las principales leyes que gobiernan el actuar profesional, además informarlos de los valores éticos recogidos en el Código de Ética Profesional, para que puedan obtener un conocimiento de las consecuencias de su actuar, de manera de poder establecer como consecuencia de todo lo anterior las responsabilidades civiles, disciplinarias, administrativas y penales del ejercicio de la Contaduría Pública
Por lo antes expuesto la materia “Régimen Jurídico del Ejercicio Profesional de la Contaduría Pública en Venezuela” está ampliamente justificada, ya que la misma contribuirá no solo en la formación integral del futuro profesional de la contaduría en los conocimientos legales y éticos necesarios para el correcto y cabal ejercicio y aplicación de su oficio científico debidamente adquirido en la institución, sino que contribuirá a brindar seguridad y paz social al proscribir las responsabilidades que puedan originarse por el ejercicio de la contaduría no ajustado a las exigencias legales pertinentes según sea el caso, aunque efectivamente estén estrictamente ajustadas a los principios técnicos que la gobiernan.
El programa de la materia “Régimen Jurídico del Ejercicio Profesional de la Contaduría Pública en Venezuela” consta de cuatro unidades.
SINOPSIS DEL CONTENIDO.
UNIDAD I: Introducción, Conceptos y Definiciones.
UNIDAD II: Ámbito Sujetivo de aplicación del Régimen Jurídico del Ejercicio de la Contaduría Pública en Venezuela.
UNIDAD III: Ámbito Material de aplicación del Régimen Jurídico del Ejercicio de la Contaduría Pública en Venezuela.
UNIDAD IV: La responsabilidad civil, administrativa y penal. Procesos y sanciones.
PROPÓSITO.

Proporcionar los conocimientos teóricos y prácticos suficientes para la debida aplicación de los principios y conceptos jurídicos y éticos del ejercicio de la Contaduría Pública adquiridos durante el pregrado, ajustado a las exigencias éticas y legales recogidos formalmente en las Leyes y Reglamentos respectivos, despertando en los alumnos del ciclo profesional de la carrera la inquietud de profundizar en tales conocimientos los cuales son fundamentales para el cabal y eficaz ejercicio de la profesión.
OBJETIVO GENERAL.

Desarrollar los conocimientos teóricos prácticos del ejercicio profesional de la Contaduría Pública, ajustado al régimen jurídico actualmente imperante en Venezuela, incluyendo los valores éticos.

CONTENIDO.
1. UNIDAD I: Introducción, Conceptos y Definiciones.
1.1. Introducción.
1.1.1. Estado de derecho.
1.1.2. Eficacia y validez normativa.
1.1.2.1. Publicidad Registral.
1.1.2.2. Publicidad Mercantil.
1.1.3. Principio de legalidad.
1.1.4. Definición de Régimen Jurídico.
1.2. Sobre las personas
1.2.1. Por su naturaleza.
1.2.1.1. Naturales.
1.2.1.2. Morales.
1.2.2. Por el régimen Jurídico.
1.2.2.1. Privadas.
1.2.2.2. Públicas.
1.3. Jerarquía normativa.
1.3.1. Normas de Rango Legal.
1.3.1.1. Leyes Formales.
1.3.1.2. Leyes Materiales.
1.3.1.3. Decretos Leyes.
1.3.2. Normas de rango sublegal.
1.3.2.1. Potestad Reglamentaria.
1.4. Distribución del poder Público.
1.4.1. Distribución Vertical Político Territorial del Poder.
1.4.1.1. Poder Municipal.
1.4.1.2. Poder Estadal.
1.4.1.3. Poder Nacional.
1.4.2. Distribución Horizontal del Poder Nacional.
1.4.2.1. Poder Legislativo.
1.4.2.2. Poder Ejecutivo.
1.4.2.3. Poder Judicial.
1.4.2.4. Poder Ciudadano.
1.4.2.5. Poder Electoral.
1.5. Reglamentos.
1.5.1. Reglamentos autónomos.
1.5.2. Reglamentos delegados.
1.5.3. Reglamentos ejecutivos o de desarrollo.

2. UNIDAD II: Ámbito Sujetivo de aplicación del Régimen Jurídico del Ejercicio de la Contaduría Pública en Venezuela.
2.1. Definición del ejercicio profesional.
2.2. Quienes son Contadores Públicos.
2.2.1. Los que por más de 7 años y los que entre 4 y 7 años ejercieron profesionalmente la contaduría antes de la entrada en vigencia de la Ley del Ejercicio de la Contaduría Pública.
2.2.2. Los que llenen las requisitos legales y cumplan con las exigencias del artículo 18 de la Ley del Ejercicio de la Contaduría Pública.
2.3. El Ejercicio Profesional. Fundamento Legal.
2.3.1. Ejercicio Liberal no mercantil y prohibición de gravar con impuestos mercantiles su ejercicio.
2.4. Organismos Profesionales.
2.4.1. Federación de Colegios de Contadores Públicos.
2.4.2. Colegios de Contadores Públicos.
2.5. Visado de informes, balances y dictámenes.
2.5.1. Visado de Informes por Revisión Limitada
2.5.2. Visado de Informes de Auditoría.
2.5.3. Visado de Informes de Preparación.
2.5.4. Visado de Informes por aplicación de Procedimientos Previamente Convenidos.
2.5.5. Revisión de Ingresos.

3. UNIDAD III: Ámbito Material de aplicación del Régimen Jurídico del Ejercicio de la Contaduría Pública en Venezuela.
3.1. La ley del Ejercicio de la Contaduría Pública.
3.2. La contabilidad mercantil y los Principios de Contabilidad de aceptación general en Venezuela.
3.3. Relaciones con normas de rango legal.
3.3.1. Leyes Nacionales –principales-.
3.3.1.1. Código de Comercio.
3.3.1.2. Demás Leyes Ordinarias –principales-.
3.3.1.2.1. Ley del Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administración.
3.3.1.2.2. Ley del Impuesto sobre la renta.
3.3.1.2.3. Ley del mercado de Capitales.
3.3.1.2.4. Decreto con Fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras.
3.3.1.2.5. Ley de Impuestos sobre Sucesiones Donaciones y Demás Ramos Conexos.
3.3.1.2.6. Ley Orgánica del Régimen Presupuestario.
3.3.2. Leyes Estadales.
3.3.3. Ordenanzas Municipales.
3.3.3.1. Declaraciones de Ingresos Brutos.
3.4. Relaciones de rango sublegal.
3.4.1. Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela.
3.4.1.1. Código de Ética.
3.4.1.2. Declaración de Principios de Contabilidad (DPC) de aceptación general en Venezuela.
3.4.1.3. Declaración de Normas de auditoría (DNA).
3.4.1.4. Publicaciones Técnicas (PT).
3.4.1.5. Servicios Especiales prestados por Contadores Públicos (SECP) de aceptación general en Venezuela.
3.4.2. Otros Reglamentos.
3.4.2.1. Normas relativas a las auditorias externas.
3.4.2.2. Resolución 79: Normas relativas a las auditorias externas.

4. UNIDAD IV: La responsabilidad civil, administrativa y penal. Procedimientos y Sanciones.
4.1. Garantías constitucionales.
4.1.1. Derecho acceso a los órganos de administración de justicia.
4.1.2. Derecho a la Defensa.
4.1.3. Derechos a un Debido Proceso.
4.1.4. Principio del Non bis in idem y las sanciones accesorias.
4.2. Responsabilidad.
4.2.1. Administrativa, concepto y características.
4.2.2. Disciplinaria y éticas.
4.2.3. Responsabilidad civil.
4.2.3.1. Contractual.
4.2.3.2. Extracontractual o por hecho ilícito.
4.2.4. Responsabilidad Penal.
4.3. Procedimientos.
4.3.1. Procedimiento Disciplinario ante la Federación de Colegios de Contadores Públicos.
4.3.2. Procedimientos Administrativos.
4.3.3. Procedimientos Jurisdiccionales.
4.4. Sanciones.
4.4.1. Administrativas.
4.4.2. Disciplinarias.
4.4.3. Indemnizaciones por hecho ilícito.
4.4.4. Penales.
ESTRATEGIAS INSTRUCCIONALES.

ESTRATEGIAS DE ENSEÑANZA PARA EL APRENDIZAJE SIGNIFICATIVO:
Centradas en el docente:
Objetivos – enunciados para generar expectativas-.
Organizadores previos –información introductoria y contextual-.
Analogías – proposiciones de cosas o eventos conocidos relacionados con otros semejantes desconocidos-.
Preguntas intercaladas – para mantener la atención y fijar información relevante-
Métodos y Técnicas:
Conferencias.
Método expositivo, exposición didáctica.

ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE – Aprender a Aprender-
Centradas en el alumno:
Exposición, intervenciones en clases.
Informe.
Tablas C – Q – A.
Portafolio.

OTRAS TÉCNICAS
Discusiones en grupo, presenciales y a distancia (lista de correos).
Discusión en el taller.
Discusiones de experiencias.
Servicios de Internet: a través de listas de correo electrónico, aula virtual.

MEDIOS INSTRUCCIONALES.

1.- Medios Visuales:
Proyector de multimedios, para las presentaciones.
2.- Medios Informáticos:
Equipos y Materiales multimedia, uso de Internet – computador individual-.
3.- Medios Textuales o impresos:
Textos, Leyes y Reglamentos.
Material de apoyo previamente seleccionado, preparado y aportado en clase.
4.- Medios Auditivos:
Voz humana.
5.- Características del lugar (salón de clases):
Un aula de clases con pizarrón.
EVALUACIÓN.

DOMINIOS DE APRENDIZAJE: Cognitivos.
DIMENSIONES: Formativa Sumativa.
FUENTE: los alumnos.
PROCEDIMIENTOS:
Análisis Documental:
- Asignaciones: elaboración de cuadros resúmenes con la técnica C-Q-A.
- Portafolio.
- Trabajo de investigación.
NOTA: estas técnicas permitirán la evaluación continua de los participantes.
Cuestionarios con preguntas cerradas (exámenes).

INSTRUMENTOS:
Hojas de registro: abiertas (escalares y cuantitativas).
NOTA: se considera la asistencia, por las características propias y exigencias de la institución.

SISTEMA DE CALIFICACIÓN: Absoluto.
Hetero-Evaluación.

CONSIDERACIONES DE LOS INSTRUMENTOS:
Lista de los participantes: (Asistencia y entrega de C-Q-A, portafolio, trabajo investigación Y cuestionarios). Puntaje:
- Asistencia y entrega de C-Q-A: 5%
- Participación en clase, aportes personales: 5 %.
- Entrega del portafolio: 10 %.
- Exposición del informe y trabajo de investigación: 20 %
- 3 exámenes parciales: 20 % cada uno = 60 %
TOTAL: 100 %.

Habilidades:
- Comprensión del material suministrado.
- Exposición oral. (Procedimental).
- Pensamiento crítico.
- Conocimientos-Capacidades.
- Competencias-Habilidades.
- Destrezas-Valores-Intereses.
BIBLIOGRAFÍAS.

1.- Material de apoyo suministrado durante el curso.
2.- Textos de referencia general:
Roberto Goldschmidt. Curso de Derecho Mercantil. Universidad Católica Andrés Bello –Fundación Roberto Goldschmidt. 2003.
Morles Hernandez Alfredo. Curso de Derecho Mercantil, Tomos I y II. Universidad Católica Andrés Bello, 2000.
Morles Hernandez Alfredo, Compendio de Derecho mercantil I, Introducción, Empresa. Empresario, Auxiliares del Empresario, Academia de Ciencias Políticas Y Sociales, Universidad Central de Venezuela, Universidad Católica Andrés Bello, Caracas 2004.
Códigos: de Comercio y Civil.
Leyes: De Ejercicio de la Contaduría Pública y demás Leyes especiales y sus Reglamentos.
Federación de Colegios de Contadores Públicos, Declaraciones de Principio de Contabilidad (DPC) de aceptación General en Venezuela, Tomo I, 6ª. Edición 2005.
Federación de Colegios de Contadores Públicos, Declaraciones de Normas de Auditoría (DNA), Publicaciones Técnicas (PT) y Servicios Especiales Prestados por Contadores Públicos (SECP) de aceptación general en Venezuela, Tomo II, 6ª. Edición 2005.


Documento elaborado por Manuel Antonio Azancot Carvallo. 19 de marzo de 2008.